La defensa, a cargo de Juliana Fuentes, argumentó que no existían pruebas suficientes y planteó un estado de necesidad como causa subsidiaria. Por su parte, el Ministerio Público Fiscal, representado por Ailén Picollo y Facundo Oribones, solicitaba la condena del acusado.
La magistrada destacó que la intervención policial fue incorrecta, ya que la orden judicial indicaba que la medida debía ejecutarse por personal civil del Servicio de Protección de Derechos, y el acompañamiento policial solo debía ocurrir en situaciones complejas. En esta ocasión, intervino un oficial sin experiencia, lo que aceleró el conflicto.
Además, la jueza señaló que la agresión fue solo verbal y que existían dudas sobre el desarrollo de los hechos, sugiriendo que la calificación legal podría haber sido desobediencia judicial y no resistencia a la autoridad.
El incidente ocurrió el 4 de septiembre en barrio Ciudadela, cuando Valdéz Carvajal tomó como rehenes a sus hijos con un arma blanca, lo que movilizó a fuerzas policiales y servicios de emergencia. El hecho se vinculó con un sujeto de nacionalidad dominicana con antecedentes de violencia, que días antes había incendiado una camioneta.