El Gobierno nacional oficializó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y definió los lineamientos operativos para la implementación de un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad. La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial.
La decisión se formalizó a través del decreto 84/2026, firmado por el presidente Javier Milei, y da cumplimiento a una resolución del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que había ordenado la aplicación inmediata de la Ley 27.793 tras declarar inválido un decreto previo que había suspendido su puesta en marcha por falta de financiamiento.
La reglamentación establece de manera detallada los requisitos para acceder a las pensiones, las condiciones necesarias para su continuidad, las incompatibilidades con otros beneficios, los trámites administrativos y los sistemas de control que regirán el nuevo esquema.
En los fundamentos del decreto se indica que el funcionamiento del régimen deberá articularse con las normas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral para personas con discapacidad, en línea con una mirada integral de la protección social.
Además, la norma dispone la incorporación de la Secretaría Nacional de Discapacidad al ámbito del Ministerio de Salud, con el objetivo de centralizar la política pública en la materia y abordarla desde una perspectiva que contemple aspectos sanitarios, sociales, económicos y de acceso a derechos.
Entre las disposiciones centrales, se instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar, en un plazo de 30 días, un plan de auditorías periódicas. También se la faculta a dictar las normas complementarias necesarias para la correcta implementación del régimen.
El decreto prevé, además, la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que implicará un proceso de identificación, relevamiento y verificación de las prestaciones vigentes.
Por último, se establece que las medidas que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad se llevarán adelante mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con sus competencias y disponibilidad presupuestaria. La reglamentación rige desde el 3 de febrero de 2026, fecha de su dictado.