COMODORO RIVADAVIA Y RADA TILLY  |  Miércoles 08 de abril, 2026
combustible

El Gobierno habilitó las Estaciones de Servicio Móviles para el expendio de combustibles

La Secretaría de Energía incorporó esta modalidad al marco regulatorio mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial. Buscan garantizar el abastecimiento en localidades sin estaciones fijas y reducir costos logísticos.

El Gobierno nacional habilitó formalmente la figura de las Estaciones de Servicio Móviles dentro del marco regulatorio para el expendio de combustibles líquidos. La medida fue dispuesta por la Secretaría de Energía a través de la Resolución 504/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

La norma establece el procedimiento y las condiciones técnicas y registrales para la operación de depósitos portátiles destinados al abastecimiento minorista de combustibles. Según los considerandos de la resolución, las estaciones de servicio móviles constituyen una “herramienta fundamental” para garantizar el suministro en localidades que no cuentan con estaciones fijas dentro de un radio considerable.

Desde el organismo se destacó que esta modalidad permitirá reducir las distancias y los costos de traslado de los consumidores, además de contribuir al desarrollo productivo de las economías regionales. En ese sentido, se la define como una “alternativa novedosa que resuelve el abastecimiento local en condiciones seguras”, debido a los menores costos que implica el mantenimiento de este tipo de instalaciones.

La Secretaría de Energía recordó que ya se había autorizado previamente el uso de tanques sobre el terreno y la implementación de estaciones móviles. En esta línea, la resolución define a las Estaciones de Servicio Móviles como “depósitos portátiles autónomos que están totalmente equipados para el transporte y abastecimiento de hidrocarburos”.

Las autoridades justificaron la decisión al señalar que estas estaciones permiten una rápida instalación y reubicación, ofreciendo soluciones más flexibles frente a la construcción de instalaciones tradicionales, que requieren obras complejas como tanques soterrados.

En el plano regulatorio, la medida incorpora a los operadores de esta modalidad al Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos y aprueba procedimientos diferenciados para dos categorías: la “estación modular portátil” y la “estación de servicio móvil cisterna”, estableciendo así un marco específico para su funcionamiento y control.

Con información de Diario Jornada

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