COMODORO RIVADAVIA Y RADA TILLY  |  Miércoles 29 de julio, 2026
FALLO JUDICIAL

Frenan el tratamiento de bloqueo hormonal a un adolescente

La jueza Delma Viani, del Juzgado Nº 2 de Puerto Madryn, hizo lugar a una medida de no innovar presentada por el padre. Detectaron que el joven de 14 años solo se había informado a través de redes sociales, no contaba con estudios endocrinológicos y existía desacuerdo entre sus progenitores.

En un fallo con fuertes implicancias jurídicas, médicas y sociales, la Justicia de Familia de Puerto Madryn dispuso suspender el inicio de un tratamiento farmacológico de inhibición puberal en un adolescente de 14 años. La decisión fue adoptada tras comprobar la falta de estudios clínicos endocrinológicos especializados y la existencia de un conflicto directo entre los padres respecto a la conveniencia del procedimiento.

La resolución fue dictada por la titular del Juzgado de Familia N.º 2, la doctora Delma Viani, quien hizo lugar a una medida cautelar de “prohibición de innovar” promovida por el padre del menor. El progenitor recurrió a los tribunales argumentando que la medicación para bloquear el desarrollo hormonal era una medida apresurada que carecía de una evaluación médica integral sobre las secuelas físicas y psicológicas a futuro.

Un elemento determinante en el proceso fueron los informes de la médica forense Vanina Botta y la Licenciada Silvana Quetglas. Las peritos advirtieron sobre marcadas “zonas de incertidumbre científica” a nivel internacional respecto a cómo afectan estas intervenciones al desarrollo cerebral y a la densidad ósea en la edad adulta. Asimismo, se detectó en la causa que la principal fuente de información del adolescente sobre los inhibidores hormonales provenía de contenidos en redes sociales.

La jueza fundamentó que el Código Civil y Comercial exige para tratamientos invasivos o de riesgo en menores de 16 años el consentimiento del adolescente junto con el asentimiento de ambos progenitores. Ante la falta de acuerdo y la ausencia de una evaluación médica interdisciplinaria —especialmente de endocrinología pediátrica—, la magistrada resolvió congelar el procedimiento para resguardar el interés superior del joven hasta que cumpla los 16 años, se logre un acuerdo familiar o exista nueva evidencia científica.

“Carta para Mateo”

Lo más destacado de la resolución es que la jueza Viani incluyó una “Carta para Mateo”, donde le explica con lenguaje sencillo que su voz fue escuchada pero que, como magistrada, su deber es protegerlo ante decisiones de alto impacto.

Dirigiéndose al adolescente, Viani expresa “esta decisión no significa que no crea en vos, ni que dude de lo que sentís, ni que deje de respetarte” y aclara “mi trabajo como Jueza es escuchar a las personas, pero también protegerlas. A veces, cuidar significa autorizar una decisión; otras veces, significa esperar hasta tener la certeza de que esa decisión es la mejor para la persona”.

En su mensaje, la magistrada insiste “quiero que entiendas que ese “por ahora” es muy importante. No expresa un rechazo hacia vos ni hacia lo que sentís. Expresa la necesidad de actuar con cautela para cuidar tu salud y asegurar que una decisión tan importante se tome cuando estén reunidos todos los elementos necesarios”.

De este modo, la jueza resolvió “disponer con carácter cautelar, la prohibición de iniciar o continuar cualquier tratamiento farmacológico de supresión puberal y/o tratamiento de inhibición en el crecimiento de los huesos en la persona menor de edad M. V. H. DNI XXX, hasta tanto que el consentimiento informado sea prestado contando con la información suficiente y que se detectó incompleta”.

Y concluye, hasta que “el asentimiento de ambos progenitores se conforme en el proceso de acompañamiento que es requerido, o un cambio de circunstancias habilite una decisión judicial se disponga lo contrario por resolución judicial, o Mateo V. alcance la edad de 16 años, oportunidad en la que, de conformidad con el art. 26 del CCyCN, podrá decidir por sí respecto de los tratamientos invasivos que involucren su salud”.

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