COMODORO RIVADAVIA Y RADA TILLY  |  Viernes 05 de diciembre, 2025
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Imponen duras restricciones a un odontólogo condenado por abuso sexual

La Justicia de Chubut prohibió de forma permanente que un odontólogo condenado por abuso sexual atienda a menores y le impuso estrictas medidas de control, capacitación y reparación, incluyendo la colocación de un cartel obligatorio en su consultorio.

En una resolución con fuerte carácter preventivo, la Justicia de Chubut prohibió de forma permanente que un odontólogo condenado por abuso sexual atienda a pacientes menores de edad. La medida, dictada por la jueza Karina Breckle, busca proteger a niños, niñas y adolescentes y marca un precedente importante sobre las responsabilidades profesionales tras una condena por delitos de índole sexual.

El profesional, identificado como F.R.F.D. (50), fue declarado penalmente responsable por el delito de abuso sexual simple cometido contra una paciente de 17 años en junio de 2023. Por el hecho, recibió una pena de ocho meses de prisión en ejecución condicional.

Sin embargo, lo más relevante del fallo es el conjunto de pautas de conducta impuestas para garantizar que no vuelva a tener contacto con personas menores de edad. La jueza ordenó la prohibición absoluta de que el odontólogo atienda a pacientes menores, debiendo derivarlos inmediatamente a otros profesionales.

Como medida inédita y para asegurar el cumplimiento de la restricción, Breckle dispuso que en el consultorio se coloque un cartel visible tanto en la recepción como en la puerta, con la leyenda:

“El profesional F.R.F.D. mantiene vigente orden judicial que prohíbe atender pacientes menores de edad”.

El fallo —difundido por el Ministerio Público Fiscal de Chubut— también establece obligaciones adicionales orientadas a la reparación y reeducación:

  • Terapia psicológica obligatoria: deberá realizar un tratamiento durante dos años o hasta recibir el alta.
  • Capacitación intensiva: se le impusieron 800 horas de formación en Ley Micaela, violencia sexual, derechos de niños, niñas y adolescentes, violencia contra la mujer y ética profesional.
  • Reparación económica: deberá cubrir por completo el costo de un nuevo tratamiento de ortodoncia para la víctima, a elección de ésta, en condiciones similares al que realizaba con el condenado.

Con estas medidas, la Justicia no solo sanciona el hecho delictivo, sino que incorpora un mecanismo de protección activa para evitar futuros riesgos en ámbitos profesionales vinculados a la atención de la comunidad.

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