COMODORO RIVADAVIA Y RADA TILLY  |  Miércoles 11 de febrero, 2026
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La Justicia confirmó multa a Despegar por no reprogramar vuelos cancelados en pandemia

La Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia ratificó una sanción de $800.000 contra la empresa y ordenó que cumpla con la reprogramación de los pasajes o reintegre el dinero con actualización.

La Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia dejó firme una sanción económica de $800.000 impuesta a la empresa Despegar S.A. por incumplir la reprogramación de pasajes aéreos a Brasil que habían sido cancelados en el contexto de la pandemia.

La resolución, dictada en septiembre de 2025 por la Sala III del tribunal, respalda la multa aplicada en primera instancia por la Oficina de Defensa del Consumidor y reafirma que las agencias de viaje tienen responsabilidad directa frente a los usuarios, incluso cuando operan como intermediarias entre el cliente y la aerolínea.

El caso se originó en abril de 2020, cuando tres personas compraron vuelos con destino a Natal, Brasil, que no pudieron utilizar debido a las restricciones sanitarias vigentes en ese momento. Según consta en la causa, la empresa les informó en reiteradas oportunidades que los pasajes quedarían abiertos: primero hasta 2021 y luego hasta 2022. Sin embargo, con el paso del tiempo, se les comunicó que la única alternativa disponible era el reintegro del dinero al valor abonado en 2019.

Para los camaristas, ofrecer la devolución de montos históricos varios años después, en un escenario de fuerte inflación, implica un perjuicio económico evidente, ya que con ese importe los pasajeros no podrían adquirir nuevamente los mismos pasajes.

Despegar sostuvo en su defensa que la responsabilidad recaía exclusivamente en la aerolínea GOL, al considerar que su rol se limitaba al de intermediaria. No obstante, el tribunal rechazó este planteo y señaló que la firma actúa como referente directo ante el consumidor y, por lo tanto, responde solidariamente por los servicios que comercializa.

En el fallo también se concluyó que existió vulneración al deber de brindar un trato digno. Los jueces valoraron las reiteradas gestiones realizadas por los damnificados durante años y señalaron que se los colocó en una situación de presión, al advertirles que perderían los pasajes si no aceptaban un reembolso considerado insuficiente dentro de un plazo fijado unilateralmente.

Además de confirmar la multa, la Cámara ordenó que la empresa cumpla con la reprogramación obligatoria de los vuelos o, en su defecto, proceda a la devolución del dinero con actualización correspondiente.

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