COMODORO RIVADAVIA Y RADA TILLY  |  Lunes 13 de abril, 2026

La Justicia frenó el DNU de Milei que limitaba el derecho a huelga

Un fallo judicial suspendió los artículos del decreto presidencial que restringían las medidas de fuerza. La CGT celebró la decisión como un triunfo en defensa de los derechos laborales.

La Justicia del trabajo resolvió este lunes suspender de manera provisoria los artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25 que imponían nuevas restricciones al derecho a huelga. La medida fue adoptada tras una presentación de la Confederación General del Trabajo (CGT), que calificó el fallo como un freno al intento del Gobierno nacional de avanzar sobre “derechos conquistados”.

La decisión fue tomada por la jueza Moira Fullana, del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°3, quien ordenó suspender los puntos cuestionados del decreto “hasta tanto se dicte sentencia definitiva”.

La CGT había solicitado una medida cautelar al considerar que el DNU vulneraba derechos laborales protegidos por la Constitución Nacional y convenios internacionales.

Entre los puntos más cuestionados del decreto figuran la ampliación de actividades consideradas “esenciales” —lo que limita el derecho a huelga— y la imposición de niveles mínimos de prestación durante medidas de fuerza que, según la central obrera, hacen prácticamente inviable el ejercicio legítimo del paro.

“Gracias por no permitir el avance del Ejecutivo sobre los derechos conquistados”, expresó la CGT en un comunicado, donde también valoró la estrategia jurídica desplegada ante la Justicia.

La resolución de este lunes se suma a una medida similar que había sido concedida al gremio de estatales ATE, perteneciente a la CTA Autónoma.

Desde la central sindical advirtieron que el DNU contraviene el artículo 14 bis de la Constitución, así como los convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y tratados internacionales con jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a huelga.

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