La transformación del Banco de la Nación Argentina en Banco de la Nación Argentina Sociedad Anónima, fue dispuesta la semana pasada por el Gobierno, a través de un decreto firmado por el presidente Javier Milei. Ahora, el fallo que frenó esta disposición, responde a una causa iniciada el 11 de junio del año pasado, que busca declarar “la nulidad e inconstitucionalidad de la Resolución Privativa del Directorio de BNA n° 348″ así como todo acto que tenga por objeto avanzar con la privatización de esa entidad bancaria.
La resolución judicial que suspende el decreto del mandatario argentino, determinó como medida cautelar interina, la suspensión de los efectos del DNU 116/25 y también ordenó al Estado Nacional y al Banco de la Nación Argentina, que se “abstengan de toda acción tendiente a su implementación”
De esta manera, el fallo indica a las autoridades públicas demandadas, que dentro del plazo de 5 días, produzcan un informe que de cuenta del “interés público comprometido” por la solicitud de una medida cautelar efectuada por la actora en la fecha 20/2/2025
Se menciona también al artículo 1 de la Carta Orgánica del Banco, la cual establece que el BNA es una entidad autárquica con autonomía presupuestaria y administrativa, cuyo régimen “no se encuentra sujeto a las normas generales de la administración pública nacional”
Y aclara que “dicha previsión impide que el Ejecutivo pueda modificar su estructura sin una ley específica del Congreso, ya que la delegación legislativa conferida por la Ley 27.742 es de carácter general, y no habilita una transformación de esta magnitud sin norma expresa”.