COMODORO RIVADAVIA Y RADA TILLY  |  Viernes 23 de enero, 2026
NACIONALES

Preocupación sindical por los cambios propuestos en convenios e indemnizaciones

El Ejecutivo presentará este martes el proyecto de reforma laboral para enviarlo al Senado, donde será tratado durante el período de sesiones extraordinarias. Mientras crece la expectativa, circuló un borrador con los principales puntos de la propuesta, algunos de los cuales resultan particularmente sensibles para los gremios.

La senadora Patricia Bullrich será la encargada de consensuar con la oposición para aprobar la propuesta.

Uno de los cambios más relevantes tiene que ver con los convenios colectivos de trabajo: una vez vencidos, no mantendrán sus efectos en el transcurso de tiempo hasta la firma de un nuevo acuerdo.

Otros puntos que generan alerta son:

  • Inmunidad Sindical: La tutela sindical regirá solamente para los delegados o representantes gremiales legalmente electos que ocupen cargos de titulares.
  • Infracciones Muy Graves: Se tipifican como “infracciones muy graves” las acciones que afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza, el bloqueo o toma de establecimientos, y el ocasionar daños en bienes de la empresa.

Cambios en indemnizaciones y contratación

La reforma introduce modificaciones en el régimen indemnizatorio y contractual:

  • Cálculo Indemnizatorio: Se mantiene el criterio de un mes de sueldo por año de servicio, pero se excluye del cálculo a ítems como el sueldo anual complementario, vacaciones, premios que no sean de pago mensual, etc..
  • Preaviso: Disminuye el tiempo de preaviso de despido: propone dos meses para empleados con más de cinco años de antigüedad (actualmente es tres meses para más de diez).
  • Sustitución Indemnizatoria: Las partes podrán convenir la sustitución del régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral sostenido por los empleadores, quienes tendrían una reducción de tres puntos en contribuciones patronales.
  • Período de Prueba: Se conserva el período de prueba de seis meses, tal como fijó la Ley Bases.
  • Vacaciones: Se conserva el período de goce entre el 1° de octubre y el 30 de abril, pero se establece que se podrá convenir el fraccionamiento, siempre que cada tramo no sea inferior a siete días.

La normativa suma el concepto de “banco de horas” para compensar jornadas y permite la remuneración en moneda extranjera.

Además, se elimina la responsabilidad solidaria automática de la empresa principal en la contratación de terceros, que solo se aplicaría en casos de “maniobras fraudulentas o conducción temeraria”.

Finalmente, se establece un Régimen de Servicios de Reparto por Plataformas que garantiza la libertad de conexión del repartidor independiente.

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