COMODORO RIVADAVIA Y RADA TILLY  |  Domingo 02 de agosto, 2026
NACIONALES

Cambian las reglas de la VTV: habrá nuevos centros habilitados y modificaciones en los plazos de revisión

La medida actualiza la normativa vigente y crea un registro nacional para los establecimientos que quieran realizar las revisiones. Además, mantiene los requisitos técnicos y de seguridad para los vehículos.

El Gobierno nacional implementó cambios en el sistema de Verificación Técnica Vehicular (VTV), que permitirán a los conductores realizar las inspecciones en talleres mecánicos y otros establecimientos que cumplan con los requisitos.

La modificación se oficializó mediante el Decreto 689/2026, publicado en el Boletín Oficial. De esta forma, se actualiza la normativa vigente vinculada a la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.

A partir de esta reforma, los propietarios de vehículos particulares, comerciales, de transporte de pasajeros, de carga, antiguos y especiales podrán elegir entre los distintos establecimientos registrados para realizar la inspección obligatoria. Esta medida deja atrás el esquema que concentraba el trámite únicamente en plantas verificadoras habilitadas.

El nuevo sistema funcionará a través del Registro Nacional de Inspección Técnica de Vehículos, que dependerá de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía. La plataforma será pública, gratuita y digital mediante el sistema de Trámites a Distancia (TAD).

Los talleres que quieran incorporarse deberán registrarse mediante una declaración jurada y demostrar que cuentan con la capacidad técnica necesaria para llevar adelante las inspecciones. Además, deberán enviar en tiempo real los resultados de cada revisión a la base de datos oficial.

Cambios en los plazos de la VTV

La normativa también establece nuevas fechas para realizar la primera inspección y modifica la periodicidad según el tipo de vehículo.

En el caso de los autos particulares cero kilómetro, la primera VTV deberá realizarse a los cinco años del patentamiento. Para los vehículos destinados al transporte de pasajeros y cargas, el primer control deberá efectuarse dentro de los primeros doce meses.

Luego, los vehículos particulares de hasta diez años de antigüedad deberán realizar la revisión cada dos años, mientras que los que superen esa antigüedad deberán pasar por el control una vez al año.

En tanto, los vehículos afectados al transporte de pasajeros y cargas mantendrán la obligación de realizar la inspección cada seis meses.

Se mantienen los controles técnicos

Desde el Gobierno señalaron que la modificación busca ampliar los lugares disponibles, agilizando el acceso al trámite y generando un sistema más competitivo. De igual manera se aclaró que se mantendrán las exigencias técnicas de seguridad vial.

Los establecimientos habilitados deberán contar con un director técnico responsable y cumplir con los procedimientos establecidos para verificar el estado mecánico de los vehículos y los niveles de emisiones.

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