A través del Boletín Oficial publicado este jueves 18 de junio, el Gobierno nacional promulgó la Ley 27.805 para regularizar armas de fuego de uso civil sin registrar o con documentación irregular.
La norma, sancionada previamente por el Congreso, habilita a los propietarios de armas clasificadas como de “uso civil” o “uso civil condicional” a presentarse ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) para iniciar el proceso de normalización.
El trámite deberá realizarse dentro de un plazo de 360 días contados desde la entrada en vigencia de la ley. El régimen también alcanza a quienes posean repuestos principales de armas de fuego sin registrar.
Uno de los puntos centrales de la normativa establece que quienes declaren voluntariamente la tenencia de estos materiales quedarán exentos de sanciones penales y administrativas relacionadas con la falta de registración.
Sin embargo, el beneficio no será aplicable a las personas que, al momento de iniciar el trámite, ya se encuentren imputadas en una causa judicial vinculada al arma que pretenden regularizar.
Desde la ANMAC señalaron que, durante el proceso de evaluación, podrán detectarse impedimentos legales o administrativos. En esos casos, el organismo podría iniciar el procedimiento correspondiente para la incautación del arma.