La jueza penal Marcela Pérez Bogado dispuso la apertura formal de la investigación jurisdiccional en torno a la muerte de la buzo Sofía Devries. En la misma resolución, la magistrada tuvo por formalizada la imputación contra el instructor de buceo Thiago Nahuel Pocovi, de 26 años de edad, a quien el Ministerio Público Fiscal le atribuye la presunta comisión del delito de homicidio culposo. El acto procesal marca el inicio de las etapas preparatorias de cara a un futuro debate oral en los tribunales de la ciudad del golfo.
La audiencia de apertura se desarrolló este lunes con la participación del fiscal jefe Alex Williams y el funcionario de Fiscalía Gastón Alcucero, mientras que la asistencia técnica de la defensa estuvo a cargo del abogado Adrián Peroy. El imputado Pocovi participó del acto procesal de manera virtual, debido a que actualmente se encuentra radicado en la ciudad de Buenos Aires. Durante el desarrollo de la sesión, la defensa oficial no formuló oposición al pedido de apertura de la investigación solicitado por los acusadores, en tanto que el imputado hizo uso de su derecho constitucional a no prestar declaración.
El trágico episodio investigado ocurrió el pasado 16 de febrero, cuando Sofía Devries, de 23 años, falleció durante una salida de buceo de aguas profundas. Según la hipótesis fiscal, Pocovi conducía, en su carácter de instructor certificado por la entidad PADI, a un grupo integrado por siete buceadores hacia el parque subacuático donde se encuentran los restos del ex buque Hu Shun Yu. Al momento de iniciar la inmersión, las condiciones de visibilidad en el mar eran extremadamente reducidas, lo que de acuerdo a los peritajes impedía mantener un control y supervisión directa sobre la totalidad del contingente.
Las pericias preliminares arrojaron que, al llegar al fondo del lecho marino, la víctima y su pareja quedaron completamente desprovistas de la supervisión directa del guía a cargo. En esas circunstancias de aislamiento técnico, la joven de 23 años comenzó a manifestar severos signos de malestar y procedió a retirarse el regulador. Durante las maniobras de auxilio e intento de asistencia desesperada por parte de su compañero, la buzo quedó definitivamente sin suministro de aire, lo que desencadenó de forma inmediata su fallecimiento por ahogamiento.
Para los representantes del Ministerio Público Fiscal, la conducta desplegada por Pocovi encuadra de forma provisoria en los términos del artículo 84 del Código Penal, el cual estipula sanciones para quien cause la muerte de un tercero por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de los deberes a su cargo. A partir de esto, la Fiscalía dispondrá de los plazos de ley correspondientes a la etapa de investigación preparatoria para continuar con la recolección de pruebas técnicas y testimoniales que fundamenten la acusación final previa al juicio.