Así lo resolvió este jueves el Tribunal Oral Federal 4, al rechazar el pedido de prisión domiciliaria presentado por sus abogados, Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, quienes buscaban el traslado del exfuncionario a su propiedad en Zárate.
La defensa de De Vido había fundamentado el pedido en la evolución desfavorable de sus patologías crónicas (cardíacas y metabólicas), asegurando que el ámbito carcelario impedía una atención adecuada. Sin embargo, la Justicia consideró que las necesidades médicas pueden ser cubiertas dentro de la unidad de detención.
Para asegurar su salud en Ezeiza, el juez de ejecución Ricardo Basílico dictó una serie de directivas para el Servicio Penitenciario Federal (SPF) que incluyen un monitoreo clínico y cardiológico permanente, además de la provisión de una dieta hiposódica adaptada a su cuadro de diabetes. Asimismo, el magistrado exigió que el penal cuente con la infraestructura necesaria para realizar derivaciones de urgencia a centros médicos de mayor complejidad en caso de ser necesario.
Julio De Vido permanece detenido en el marco de la causa que investigó el siniestro ferroviario de 2012, donde fue condenado a la pena de cuatro años de prisión. Con esta nueva resolución, el tribunal reafirma que, mientras el SPF garantice la medicación y los estudios complementarios en tiempo y forma, el exfuncionario deberá permanecer bajo el régimen de reclusión común.