COMODORO RIVADAVIA Y RADA TILLY  |  Martes 02 de junio, 2026
la justicia

La Justicia reactivó en Santa Cruz la ley complementaria de la Ley de Glaciares

El tribunal de Comodoro Rivadavia dejó sin efecto la medida dictada por la Justicia Federal de Río Gallegos. La norma, complementaria de la Ley de Glaciares, vuelve a tener plena vigencia mientras continúa el debate judicial sobre su constitucionalidad.

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia resolvió revocar la medida cautelar que mantenía suspendida la aplicación de la Ley N.º 27.804 en la provincia de Santa Cruz. La decisión permite que la normativa recupere plena vigencia mientras avanza el proceso judicial que busca determinar la validez de la ley cuestionada.

El fallo representa un cambio respecto de la resolución dictada meses atrás por el Juzgado Federal de Río Gallegos, que había hecho lugar a un amparo ambiental presentado por autoridades y dirigentes políticos de El Calafate.

En aquella oportunidad, el juez federal Claudio Vázquez consideró que existía el riesgo de que la aplicación de la norma pudiera habilitar actividades industriales o extractivas en zonas ambientalmente sensibles, particularmente en áreas vinculadas a glaciares y ambientes periglaciales.

Basado en el principio precautorio contemplado por la legislación ambiental, el magistrado había ordenado al Estado Nacional abstenerse de autorizar o ejecutar acciones que pudieran afectar esos ecosistemas hasta tanto se resolviera la cuestión de fondo.

Sin embargo, al analizar la apelación presentada por el Estado Nacional, los jueces de la Cámara concluyeron que la cautelar carecía de fundamentos suficientes para justificar la suspensión de una ley aprobada por el Congreso de la Nación.

Según señalaron en la resolución, los argumentos relacionados con un eventual daño ambiental y con el peligro en la demora estaban sustentados en escenarios hipotéticos y no en hechos concretos acreditados dentro del expediente. Además, advirtieron que la medida generaba efectos interpretativos poco claros y excedía el alcance territorial del juzgado que la había dictado.

Otro aspecto central del fallo estuvo vinculado a la legitimación de quienes impulsaron la acción judicial. La Cámara entendió que las autoridades municipales y los legisladores que promovieron el amparo no podían atribuirse la representación de la totalidad de los habitantes de Santa Cruz para cuestionar la validez de una norma nacional.

Pese a la decisión, el conflicto judicial aún no está cerrado. La causa principal continuará su curso y será en esa instancia donde la Justicia deberá definir si la Ley 27.804 se ajusta o no a los principios constitucionales y ambientales invocados por los demandantes.

Mientras tanto, la resolución de la Cámara reafirma un criterio jurídico clave: la suspensión cautelar de leyes sancionadas por el Congreso requiere una fundamentación especialmente sólida debido al impacto institucional que una medida de ese tipo puede generar.

La decisión ya comenzó a generar repercusiones entre sectores productivos, vinculados especialmente a la actividad minera, y organizaciones ambientalistas que defienden la protección de los glaciares, en un debate que continúa ocupando un lugar central en la agenda de la Patagonia.

Con información de Diario Crónica

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