Sin embargo, la propuesta ya enciende alarmas en sectores de la oposición y especialistas en derecho comercial, quienes advierten que relajar los controles del Estado podría abrir la puerta a maniobras de evasión, desprotección de socios minoritarios o dificultades de fiscalización ante nuevas tecnologías.
Las 5 claves del proyecto y los puntos que generan debate
- Prioridad al contrato privado sobre la ley: El proyecto establece que las normas legales pasarán a ser complementarias a la voluntad de las partes, priorizando lo dispuesto por los socios en el estatuto de la firma. Paralelamente, se determina que las restricciones estatales operarán de forma excepcional y con criterio interpretativo restrictivo, prohibiendo expresamente a los registros públicos provinciales dictar resoluciones internas que limiten o alteren las facultades comerciales permitidas por la ley nacional.
- Apertura absoluta del objeto social: Actualmente, al fundar una sociedad se debe especificar de forma precisa a qué actividades se va a dedicar y estas deben ser conexas. La reforma propone que el objeto sea amplio, plural y que, si no se detalla, se asuma que la empresa puede realizar cualquier actividad lícita.
- Resolución de conflictos en el exterior o mediante árbitros: Las empresas locales quedarían habilitadas a pactar que sus disputas internas se resuelvan bajo leyes mercantiles internacionales o tribunales de arbitraje privados, salteando la Justicia ordinaria. El Gobierno argumenta que esta medida evita la lentitud judicial y copia modelos de centros financieros internacionales. Por el contrario, los juristas críticos cuestionan la pérdida de soberanía judicial y señalan que los arbitrajes privados suelen ser costosos, favoreciendo a los socios mayoritarios o de mayor poder económico.
- Digitalización total del entorno societario: La iniciativa promueve la despapelización definitiva de los trámites comerciales. El articulado regula e institucionaliza el domicilio electrónico vinculante, la rúbrica de libros y registros contables enteramente digitales, la realización de asambleas de accionistas a distancia de forma permanente, la constitución de firmas mediante firma digital o electrónica y la creación de un legajo digital de acceso público para cada empresa.
- Regulación de empresas con IA y Blockchain: En lo que constituye el punto más novedoso de la reforma, el proyecto introduce y otorga personalidad jurídica plena y responsabilidad limitada a dos nuevas estructuras. Por un lado, la “Sociedad Automatizada”, concebida para firmas capaces de operar ordinariamente a través de algoritmos o sistemas de inteligencia artificial sin el requerimiento formal de personal humano dependiente. Por el otro, se legisla sobre las Organizaciones Autónomas Descentralizadas (DAO), estructuras digitales basadas en tecnología blockchain que funcionan con reglas programadas mediante códigos informáticos y participaciones representadas en tokens, prescindiendo de directorios tradicionales.
El texto iniciará su recorrido en las comisiones parlamentarias a partir de la segunda quincena de junio. Allí, el oficialismo deberá defender el articulado frente a las bancadas opositoras, que exigirán revisiones detalladas sobre el alcance de la quita de regulaciones sobre el sector corporativo.