La Justicia de la Nación dictó sentencia de primera instancia a favor del actor y humorista Rubén Enrique “Dady” Brieva en la demanda entablada contra el escritor Federico Andahazi y la empresa Radio Mitre S.A. El fallo, firmado por el titular del Juzgado Civil 50, Pablo Aguirre, consideró que los comentarios realizados por el columnista en diciembre de 2018 excedieron los límites de la libertad de expresión y constituyeron un grave daño moral.
Los hechos objeto del litigio ocurrieron durante la emisión del ciclo “Le doy mi palabra”. En esa oportunidad, Andahazi vinculó al conductor con supuestas “clases prácticas de pedofilia” en referencia a antiguos pasajes del programa televisivo “Agrandadytos”, relacionándolo de forma directa con conductas de abuso sexual infantil sin sustento probatorio.
Frente al reclamo iniciado por Brieva en diciembre de 2020, la defensa del escritor alegó el amparo de la libertad de opinión, mientras que la emisora argumentó la imposibilidad de controlar en vivo los dichos de sus columnistas. Sin embargo, el magistrado desestimó ambas posturas y ratificó la responsabilidad civil solidaria del medio sobre los contenidos vertidos por sus empleados en el ejercicio de sus funciones. En el mismo fallo, el juez rechazó la demanda dirigida contra el conductor del ciclo, Alfredo Leuco.
La resolución establece el pago de un capital de $18 millones por daño moral, monto que con la liquidación de intereses asciende a $29.011.068. Asimismo, se ordenó a los condenados a dar lectura a los fundamentos del fallo en el mismo espacio radial y a mantener la publicación del texto completo en el sitio web de Radio Mitre durante tres días consecutivos. La medida aún puede ser apelada en segunda instancia.