COMODORO RIVADAVIA Y RADA TILLY  |  Viernes 17 de abril, 2026

3 años de prisión en suspenso para el chofer de colectivos que atropelló a una mujer

A pesar de que el defensor intentó impugnar la sentencia de primer grado tildándola de “arbitraria”, los jueces de la Cámara confirmaron en todos sus términos, la sentencia condenatoria en contra de Britos, por el homicidio culposo de Amanda Gonzáles

El pasado 18 de febrero, se realizó la audiencia de impugnación, y hoy martes 25 de febrero, se conoció la resolución del veredicto de la Cámara. En la audiencia, el defensor impugnó la sentencia de primer grado tildándola de “arbitraria” y solicitó la absolución de su asistido. Sin embargo, la fiscal Cecilia Codina requirió que “no se haga lugar a la impugnación y se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria en contra de Britos”

De esta manera, por unanimidad, los jueces de la Cámara resolvieron no hacer lugar a la impugnación de la defensa y confirmaron la sentencia condenatoria en contra de Britos a 3 años de prisión en suspenso, más reglas de conducta.

La defensa de los jueces de Cámara sostuvo, respecto del planteo de arbitrariedad, que existía la posibilidad de que, el juez natural, requiriera más precisiones de parte de la acusación del fiscal. Esto fue pedido por la jueza Tassello en la audiencia preliminar, y en respuesta, la fiscalía explicó que el punto de impacto se produjo en la parte frontal izquierda del colectivo.

Ante esto, la defensa de Britos sostuvo que el impacto se dio en el costado izquierdo del colectivo, específicamente en el punto ciego del chofer, sin embargo, las pruebas sólo confirmaron la versión de la fiscalía. Además de esto, en los homicidios culposos se hace énfasis en que la persona que tenía el deber de cuidado o quien debía tener mayor prudencia, es el culpable. Lo que aplica directamente al colectivero.

Asimismo, se descartó que la conducta de la víctima fuera repentina o imprudente, y de la autopsia se demostró eficientemente que la causa de muerte fue el impacto contra el colectivo y luego contra la acera.

La audiencia de forma semipresencial fue ante los jueces de Cámara: Mónica García, Martín Montenovo y (por videoconferencia desde Madryn) Flavia Trincheri; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Belén De La Canal, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Britos fue ejercida por José María Ferreira de las Casas, abogado particular del mismo. El veredicto fue oralizado por la jueza García y se encontraba presente en la sala el hijo de la víctima por videoconferencia.

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