La decisión, tomada por los jueces Mariano Borinsky, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci, revocó un fallo previo de abril que había rechazado la solicitud. El cambio de criterio se fundamentó en el informe del Cuerpo Médico Forense, que advirtió sobre la imposibilidad del sistema penitenciario para brindar la asistencia sanitaria compleja que demanda el cuadro clínico del exfuncionario.
Un cuadro clínico crítico
A sus 76 años, De Vido presenta un historial de salud delicado que incluye diabetes tipo 2 insulinodependiente, hipertensión arterial y fibrilación auricular persistente. El detonante de la medida fue el infarto agudo de miocardio que sufrió el pasado 1 de abril, lo que derivó en una angioplastia de urgencia y la colocación de un stent.
Según los magistrados, el entorno carcelario eleva el riesgo de nuevas descompensaciones que podrían tener secuelas irreversibles. Por este motivo, la Justicia priorizó el derecho a la salud por sobre la permanencia en un establecimiento penitenciario común.
Su condena por la Tragedia de Once
Julio De Vido cumple una pena de cuatro años de prisión e inhabilitación perpetua. Fue hallado responsable de administración fraudulenta al no controlar el destino de los fondos públicos entregados a la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA). Cabe recordar que el exministro fue absuelto por el delito de estrago culposo en relación directa con el choque ferroviario de febrero de 2012, donde perdieron la vida 52 personas.