COMODORO RIVADAVIA Y RADA TILLY  |  Martes 16 de junio, 2026
NACIONALES

La Justicia intimó a Cristina Kirchner por las manifestaciones en su domicilio de detención

El Tribunal Oral Federal 2 notificó a la expresidenta que debe abstenerse de conductas que alteren la tranquilidad del vecindario. La resolución consideró incompatible con la prisión domiciliaria el uso de su balcón para desplegar una bandera militante.

Este martes, el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) emitió una intimación formal dirigida a la expresidenta Cristina Kirchner para que cumpla estrictamente con las reglas de conducta fijadas bajo la modalidad de prisión domiciliaria. La resolución judicial se fundamenta en los episodios ocurridos el pasado domingo 14 de junio, cuando una concentración de militantes interrumpió el tránsito y desplegó estructuras en la vía pública frente a su residencia ubicada en San José 1111.

En el escrito, los magistrados ordenaron que la exmandataria “en lo sucesivo, se abstenga de desplegar conductas o asumir comportamientos que puedan implicar el incumplimiento de las pautas y condiciones bajo las cuales fue concedida y se ejecuta la modalidad domiciliaria de cumplimiento de la pena de prisión que le ha sido impuesta”. A diferencia de manifestaciones previas, el tribunal remarcó que en esta oportunidad existió una participación activa de la imputada.

De acuerdo con el acta judicial, durante el acto impulsado por la intendenta de Quilmes, Mayra Mendoza, los manifestantes instalaron una bandera de grandes dimensiones con la leyenda “De San José 1111 a la Rosada” que cruzaba la calzada mediante cables tensores. El TOF 2 dio por probado que la propia expresidenta “participó activamente en el despliegue de la referida bandera, utilizando el balcón de su propio domicilio de arresto como punto de anclaje y sujeción, y hasta colaborando de propia mano con dicha acción”, además de salir a saludar a la concurrencia.

La resolución judicial enumeró tres causales para la advertencia: el riesgo físico para peatones y automovilistas debido al anclaje de la estructura aérea, el potencial encuadre en una contravención municipal por la ocupación del espacio público sin previa autorización, y la alteración de la pacífica convivencia ciudadana en el barrio. Las autoridades concluyeron que estas acciones resultan incompatibles con las obligaciones legales de un arresto domiciliario, bajo la advertencia de que nuevas anomalías podrían derivar en una revisión de las condiciones de su detención.

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